Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) este lunes, la cuantía exenta de tributar en el IRPF pasa de 0,19 a 0,26 euros por kilómetro recorrido, una subida del 36,8%. El mismo incremento, aprobado en una orden ministerial distinta, también se aplica a la indemnización de los funcionarios por los gastos de locomoción. Las cifras llevaban desde 2005 sin actualizar y su entrada en vigor es inmediata.
La actualización a 0,26 céntimos era algo pendiente por distintos motivos. Uno de ellos es que la cifra llevaba sin actualizarse desde 2005, año en el que se instauraron los 0,19 euros tanto para la indemnización como para la exención en el IRPF.
A partir del 17 de julio de 2023 se cambia el límite que está exento de tributar en el Kilometraje: pasando de 0,19€ a 0,26€.
También exento de cotizar conforme a lo indicado en el art 147.2 LGSS:
"b) Las asignaciones para gastos de locomoción del trabajador que se desplace fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, no comprendidos en el apartado anterior, así como para gastos normales de manutención y estancia generados en municipio distinto del lugar del trabajo habitual del perceptor y del que constituya su residencia, en la cuantía y con el alcance previstos en la normativa estatal reguladora del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas"