viernes, 19 de septiembre de 2014

Caso práctico de elaboración de Nómina

Una trabajadora con categoría de auxiliar no titulada y por lo tanto grupo 4, y con 1 año de trabajo en el Hospital, tiene derecho a percibir una retribución mensual de:

− Salario base: 1.200 €
− Antigüedad: 50 € por trienio
− Tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias del salario base + la antigüedad, que se pagarán en julio y diciembre.
− Retención IRPF del 10 %

Calcular su nómina del mes de mayo

Devengos

Salario base

No se puede incluir la antigüedad al no poder imputar el trienio ya que sólo lleva en la empresa 1 año.
1.200 € salario bruto (A)

Deducciones

Cálculo base de cotización por contingencias comunes

Salario base + parte proporcional paga extra.
1.200 + (1200*2/12)= 1.200 +200= 1.400 € base de cotización por contingencias comunes

Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 4.

GRUPO CATEGORÍA PROFESIONAL

1 Ingenieros y Licenciados
2 Ing. Técnicos, Peritos y Ay. Titulados
3 Jefes administrativos y de taller
4 Ayudantes no titulados
5 Oficiales administrativos
6 Subalternos
7 Auxiliares Administrativos
8 Oficiales de 1ª y 2ª
9 Oficiales de 3ª y Especialistas
10 Mayores de 18 años no cualificados
11 Trabajadores menores de 18 años

Cálculo base de cotización por contingencias profesionales.

Puesto que la trabajadora no ha realizado horas extras a lo largo del mes de marzo, la base de cotización por contingencias comunes y por contingencias profesionales coincide.

1.400 € base de cotización por contingencias profesionales

Se encuentra dentro de los topes mínimo y máximo para contingencias profesionales.

La base para desempleo formación profesional y FOGASA será la misma.

Cálculo base sujeta a retención por IRPF

Coincide con los devengos del mes por lo tanto será de:
1.200 €

Cálculo de las deducciones

Las deducciones se calculan aplicando a la base de cotización el porcentaje correspondiente.
Contingencias comunes: 1.400 *4.7% = 65.80 €
Desempleo: 1.400*1.55% = 21.70 €
Formación profesional: 1.400*0.1% = 1.40€
IRPF: 1.200* 10% = 120 €

TOTAL A DEDUCIR (B) 208.90 €

Como base sobre la que aplicar el % de IRPF siempre vamos a tomar A (salario bruto), salvo que explícitamente se diga lo contrario.

Cálculo de líquido total a percibir.

Se trata de restar al salario bruto (A) el total a deducir (B)

1.200 (A) – 208.90 (B) = 991.10 € que percibirá la trabajadora

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