miércoles, 29 de enero de 2014

Estructura del salario.

La estructura debe comprender como mínimo, el salario base y si se han pactado, los complementos del salario. 

Salario base. Pago que deben recibir todos los trabajadores, sin atender a ninguna otra circunstancia. Es la parte de la retribución fijada, mediante la negociación colectiva o individual. Representa la parte fija garantizada al trabajador por la realización de su jornada laboral. 

Complementos salariales. Cantidades que se suman al salario base para retribuir determinadas circunstancias propias del trabajador. Son aquellos que incluyen todas aquellas percepciones que, no formando parte del salario base, son percibidas por el trabajador a causa de determinadas circunstancias que concurren en su persona, puesto de trabajo, situación o resultados de la empresa. Los complementos salariales pueden ser: 

Personales. Cuando se otorgan por motivos personales. Ejemplo: antigüedad de servicios en la empresa. También, idiomas, títulos, etc, siempre que la relación laboral no se base en estos conocimientos. Este complemento se suele fijar en los contratos de trabajo.

Del puesto de trabajo. Cuando forma parte del puesto de trabajo, como los complementos por ejercer un trabajo peligroso. Otros ejemplos: complementos por trabajos nocturnos y toxicidad. Estas circunstancias deben estar recogidas en convenio colectivo o en el contrato individual. En caso de que no haya acuerdo, será la jurisdicción social la que decida si el puesto es merecedor de un plus. También, turnicidad. Otro concepto relacionado con el puesto corresponde a la nocturnidad que abarca desde las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana, salvo que el salario se haya fijado teniendo en cuenta el horario de trabajo, o se compense este plus por periodos de descanso. La retribución de este complemento vendrá fijada en convenio colectivo.

Por calidad o cantidad de trabajo que corresponde a complementos que percibe el trabajador o trabajadora por hacer el trabajo con una mayor calidad, o realizar más cantidad de trabajo de lo normal. En este apartado se contempla por resultados de la empresa dependiendo del cumplimiento de las metas empresariales como por ejemplo: complementos de productividad. O Incentivos a la producción que es un incentivo por rendir en el trabajo por encima de lo considerado normal. También, se considera los conceptos de Asistencia, puntualidad y Horas extraordinarias que consisten en las horas de trabajo que se realizan fuera dela jornada ordinaria de trabajo.

De vencimiento periódico superior al mes. Pagas extraordinarias: además de el salario que recibe el trabajador cada mes, el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas en Navidad y la otra en el mes que se fije en el convenio colectivo. Las pagas extraordinarias son una parte del salario que se genera cada día, pero que se percibe en determinadas fechas. También, participación en beneficios.

En Especie: Constituyen percepciones en especie de carácter salarial la utilización, consumo u obtención para fines particulares, de bienes, derechos o servicios, de forma gratuita o por precio inferior al de mercado. Entre otras, tendrán la consideración de percepciones salariales en especie:

La utilización de vivienda por razón de cargo o por la condición de empleado público o privado.
La utilización o entrega de vehículos automóviles.
Los préstamos con tipo de interés inferior al tipo legal del dinero.
Las primas o cuotas satisfechas por la empresa en virtud de un contrato de seguro u otro similar, salvo las de seguro de accidente laboral o de responsabilidad civil.
Las cantidades satisfechas por los empresarios a planes de pensiones a favor de los trabajadores.
Las cantidades destinadas a gastos de estudio de los trabajadores, siempre que no venga exigido por las actividades de la empresa.

Por último, de Residencia, complementos que remuneran la prestación del trabajo en un lugar geográficamente determinado, siempre que el trabajador fije su residencia en dicho lugar.

Como Percepciones extrasalariales se encuentran Indemnizaciones por gastos relacionados con el trabajo que no cotizan a la seguridad social, ni se les retiene para el I.R.P.F., siempre que no se exceda de los topes legales. Podemos citar:

El quebranto de moneda que es la compensación que resarce al trabajador de los posibles desajustes de caja derivados del manejo continuo de dinero.

Otros conceptos son el desgaste de herramientas, percepciones por el desgaste de útiles o herramientas propias del trabajador. Y las Prendas de trabajo que se pagan bien en especie, o en metálico.
También, Gastos de locomoción que resarcen al trabajador de los gastos que le ocasiona el desplazamiento, por razón de su trabajo y por orden de la empresa, a otros lugares distintos del centro de trabajo.

Y por último, el plus de distancia, de transporte y dietas de viaje. El Plus de distancia y plus de transporte son aquellas cantidades que deben de abonarse al trabajador por los desplazamientos desde su residencia habitual hasta el centro de trabajo y viceversa. En el caso de las Dietas de viaje, compensan al trabajador de los mayores gastos en que incurre cuando por razón de su trabajo debe pernoctar fuera de su lugar de residencia

Indemnización por fallecimiento, por traslado, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por despido, por matrimonio, mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social y prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal y por compensación por desempleo parcial.

Y finalmente exponer las Garantías del salario.
Es la fuente de ingresos que permite al trabajador llevar una vida digna.
El salario debe ser pagado con puntualidad en el lugar y tiempo pactados, como mínimo, con un periodo de treinta días. El trabajador tiene derecho a pedir, antes de que se termine el mes, anticipos salariales.
El empresario que no pague con puntualidad, puede reclamar con un recargo de un 10% sobre la cantidad que el empresario debe al trabajador.
Una excepción al paro son las dos pagas extraordinarias que hay al año.
 

El salario puede estar protegido por las siguientes garantías:

Inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El Salario Mínimo Interprofesional es inembargable salvo para las pensiones por alimentos que dispongan los jueces.
Privilegio de los créditos salariales. Las deudas por salarios tienen prioridad sobre otras deudas conformes con:
- Los salarios de los últimos treinta días, tienen preferencia sobre cualquier otro crédito.
- Las deudas por salario tienen preferencia sobre cualquier otro crédito.

Fondo de garantía salarial (FOGASA). Es un organismo que abona al trabajador de las deudas que los empresarios tengan con ellos cuando se encuentran en situación de suspensión de pago, quiebras o insolvencia.lo máximo que abonará será el doble del SMI con un límite de 120 días.


Contesta el siguiente cuestionario:

¿Qué se considera salario? Seleccione una:

La totalidad de las retribuciones básicas de la población trabajadora, siempre en dinero, por la contraprestación profesional de servicios laborales por cuenta ajena.
La totalidad de las percepciones económicas de la población trabajadora, en dinero o en especie, por la contraprestación de servicios laborales por cuenta ajena.
La totalidad de las retribuciones básicas de la población trabajadora, siempre en dinero, por la contraprestación profesional de servicios laborales por cuenta propia o ajena.
La totalidad de las percepciones económicas de la población trabajadora, en dinero o en especie, por la contraprestación de servicios laborales por cuenta propia.

El salario en especie no podrá superar: Seleccione una:

El 40 por 100 de las percepciones salariales de la población trabajadora.
El 20 por 100 de las percepciones salariales de la población trabajadora.
El 10 por 100 de las percepciones salariales de la población trabajadora.
El 30 por 100 de las percepciones salariales de la población trabajadora.

El pago del salario podrá efectuarlo el empresario: Seleccione una:

Mediante transferencia bancaria.
Mediante talón.
En moneda de curso legal.
Todas las respuestas anteriores son correctas.

Los complementos salariales se fijarán en función de: Seleccione una:

El trabajo realizado.
Las circunstancias relativas a las condiciones personales de la población trabajadora.
La situación y resultados de la empresa.
Todas las respuestas son correctas.

La retribución fijada por unidad de tiempo o de obra se denomina: Seleccione una:

Complemento salarial.
Salario mínimo interprofesional.
Salario base.
Salario en especie.

Explica qué son las horas complementarias. Seleccione una:

Las horas de trabajo realizadas fuera de la empresa.
Las horas establecidas en horario nocturno.
Aquellas que superan la jornada ordinaria pactada inicialmente en el contrato.

No tendrán la consideración de salario: Seleccione una:

Las cantidades percibidas por la población trabajadora en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.
Las prestaciones de la Seguridad Social.
Las indemnizaciones correspondientes a traslados.
Todas las respuestas son correctas.

El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe: Seleccione una:

El Gobierno, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y la representación de la población trabajadora, se establezca otro modelo.
El Fondo de Garantía Salarial, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y representantes de la población trabajadora, se establezca otro modelo.
La empresa.
El Ministerio de Trabajo, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y la representación de la población trabajadora, se establezca otro modelo.

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