miércoles, 29 de enero de 2014

Descansos y Permisos Retribuidos en el trabajo

Es la determinación de los momentos precisos en que cada día se ha de entrar y salir del trabajo, según la jornada, aquellos momentos pueden ser los mismos todos los días del año o variar según el calendario. La fijación del horario compete al empresario, los horarios laborales son jurídicamente independientes de los del servicio público.

Toda persona en el trabajo ha de cumplir con su horario.

DESCANSOS

Según los arts. 34 y 37 del E.T. toda persona en la empresa tendrá derecho al descanso.
Este descanso podrá ser:

- Diario, de manera que entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deben mediar 12 horas ininterrumpidas.

- Semanal, de manera que la población trabajadora mayor de 18 tendrán derecho a un descanso mínimo de 36 horas ininterrumpidas, siendo este descanso acumulable por periodos de hasta 14 días. La población trabajadora menor de 18 años tendrán derecho a un descanso semanal ininterrumpido de 48 horas.

- Anual: el descanso anual al que tiene derecho todo trabajador y trabajadora son las vacaciones (30 días naturales por cada año de servicio)

Todos estos descansos serán retribuidos ya que los salarios mensuales comprenden los de los días de descanso del mes respectivo. La ausencia no justificada en horas de trabajo implica la perdida proporcional de la retribución correspondiente al descanso semanal, no se priva del derecho al descanso pero si de la retribución a él correspondiente.

Contesta el siguiente cuestionario.


¿A qué descanso mínimo semanal tendrán derecho los trabajadores mayores de edad? Seleccione una:

A 2 días ininterrumpido, acumulable por períodos de hasta 14 días.
A un día y medio ininterrumpido, acumulable por períodos de hasta 4 semanas.
A un día ininterrumpido, acumulable por períodos de hasta 14 días.
A un día y medio ininterrumpido, acumulable por períodos de hasta 14 días.


¿Cuál es la duración mínima del descanso anual? Seleccione una:

1 mes.
20 días naturales.
35 días naturales.
30 días naturales.


¿Qué número de horas debe mediar entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente? Seleccione una:

No hay límites.
8 horas.
12 horas.
Ninguna es correcta.


La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de: Seleccione una:

35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
30 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
45 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.


La duración de la jornada de trabajo será la pactada: Seleccione una:

Por los comités de empresa o población trabajadora.
En los convenios colectivos o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de la población trabajadora.
En los convenios colectivos o titular de la empresa.
En los contratos de trabajo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de la población trabajadora.

¿A qué número asciende el límite de las fiestas laborales anuales de carácter retribuido y no recuperable? Seleccione una:

No existe límite.
14 días.
12 días.
Ninguna de las anteriores.

______________________________________


FIESTAS


Son fiestas que anualmente se reconocen a los trabajadores en un número máximo de 14 y que tienen carácter retribuido no siendo recuperables. Es estas 14 fiestas anuales 2 serán fiestas locales.
Las fiestas están distribuidas en cuatro grupos:
- Fiestas de ámbito nacional: 25 de diciembre Natividad del Señor, 1 de enero Año Nuevo, 1 de mayo Fiesta del Trabajo, 12 de Octubre Fiesta de la Hispanidad.
- Fiesta Cívica: 6 de diciembre Día de la Constitución Española.
- Fiestas del art. 3 del Acuerdo entre el Gobierno y la Santa Sede: 15 de agosto Asunción de la Virgen, 1 de noviembre Día de Todos los Santos, 8 de diciembre Inmaculada Concepción, Viernes Santo.
- Fiestas del Acuerdo entre el Gobierno y la Santa Sede: Jueves Santo, 6 de enero Adoración de los Reyes Magos, 19 de marzo San José, 25 de Julio San Santiago.

Las fiestas de carácter local (máximo 2 al año) deben de fijarlas los respectivos municipios y hacerlas públicas en los B.O.P. y medios de comunicación para el general conocimiento.
Las Comunidades Autónomas podrán establecer sus fiestas anuales (máximo 3).
También pueden hacer uso de la facultad de trasladar a lunes las fiestas autonómicas que caigan en domingo.
Cuando excepcionalmente por las razones técnicas u organizativas no se pueda disfrutar la fiesta, se deberá abonar al trabajador el importe de las horas trabajadas incrementado en un 75% como mínimo, salvo descanso compensatorio.

Permisos Retribuidos

De acuerdo con lo señalado en el art. 37.3 del Estatuto de los Trabajadores todo trabajador tendrá derecho a disfrutar de una serie de permisos retribuidos, cuando se de alguna de las causas que el propio artículo establece.

En todo caso el trabajador tendrá la obligación de preavisar y justificar al empresario estos permisos.

Tanto la duración de los permisos como las causas podrán ampliarse por Convenio Colectivo.

Los permisos son más breves que las suspensiones y que las excedencias y además tienen carácter retribuido.

Estos permisos retribuidos son:

- Por matrimonio del trabajador: 15 días.
- Por nacimiento de un hijo o enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: dos días, ampliables a 4 días cuando el trabajador necesite desplazarse.
- Los padres a partir del 1 enero de 2017 dispondrán de 4 semanas de permisos por nacimiento.
- Por traslado del domicilio habitual: 1 día.
- Por el cumplimiento de un deber de carácter público y personal (asistir a un juicio, ser miembro de un jurado, la renovación del Documento Nacional de Identidad), incluyendo el derecho al sufragio activo, el tiempo indispensable.

Todos estos permisos se retribuyen con el salario real ordinario del trabajador.
Si el trabajador, por el cumplimiento de este deber, recibe alguna indemnización, la empresa podrá descontarle el importe de la misma de su salario.



Si el cumplimiento del deber supone que el trabajador va a faltar al trabajo más del 20% de las horas laborales en un periodo de 3 meses, la empresa podrá pasarle a una situación de excedencia forzosa.
El art. 68.e del Estatuto de los Trabajadores señala que cuando un trabajador tenga que realizar funciones sindicales podrá solicitar un permiso retribuido.

Cuando un trabajador tenga un hijo menor de 9 meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fracciones o sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad.

Aquellos trabajadores o trabajadoras que tengan a su cuidado un menor de 6 años o a un pariente de hasta 2º grado por afinidad o consanguinidad con una discapacidad física o psíquica que no desempeñe actividad retribuida tendrá derecho a reducir su jornada de trabajo entre 1/3 como mínimo y ½ como máximo, aunque con la respectiva disminución proporcional de su salario.

El art. 23 del Estatuto de Trabajadores reconoce el derecho de todo trabajador a disfrutar de los permisos necesarios para acudir a examen, cuando cursen con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

El art. 40.3 del E.T. señala que en el caso de desplazamiento del trabajador a población distinta de la de su residencia, éste tiene derecho, como mínimo, a 4 días laborables de estancia en su domicilio por cada tres meses de desplazamiento. No se contarán los días de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.

En el art. 53.2 del E.T. se reconoce el derecho de todo trabajador a obtener una licencia retribuida de 6 horas semanales para buscar otro empleo durante el plazo de preaviso del despido objetivo.

Las Vacaciones.

Las vacaciones son una interrupción periódica de carácter anual. El trabajador por cada año de prestación de servicios en una empresa tiene derecho a un periodo de descanso retribuido de 30 días naturales, aunque en Convenio Colectivo se puede fijar un periodo de vacaciones mayor.
Si los servicios prestados en la empresa hubiesen durado menos de un año, el trabajador disfrutará de la parte proporcional de vacaciones que le corresponda.
Los domingos y festivos que estén dentro del periodo de disfrute de las vacaciones se cuentan como vacaciones.

La compensación económica de las vacaciones está prohibida.

El tiempo de duración de las vacaciones podrá fraccionarse en dos periodos de 15 días.

Las vacaciones son anuales, deben concederse y disfrutarse a mas tardar en el plazo de un año desde el final del año en que se originó el derecho.

La fecha de disfrute de las vacaciones se pactará entre el empresario y el trabajador.

Conocida la fecha de las vacaciones, el trabajador puede no estar de acuerdo y presentar una demanda en el Juzgado de lo Social en el plazo de 20 días.

Si no se hubiere señalado fecha para el disfrute de las vacaciones, el trabajador podrá presentar su demanda con 2 meses de antelación a la fecha pretendida de disfrute de las vacaciones.

El procedimiento será urgente y preferente.

La sentencia será irrecurrible.

El tiempo de maternidad, enfermedad, accidente y el de ausencia del trabajo por motivos independientes a la voluntad del trabajador ha de ser computable como tiempo de servicio para acumular derecho a vacaciones.

El calendario laboral debe fijarse en la empresa, en un lugar visible, de manera que todo trabajador conozca con 2 meses de antelación la fecha de sus vacaciones.

Las vacaciones son obligatorias, de ellas no se descuentan los días de permiso que se hayan disfrutado, las sanciones no pueden reducirlas, no son sustituibles por dinero y tampoco cabe la acumulación de vacaciones correspondientes a varios años. Las vacaciones se retribuyen al empezar su disfrute. La remuneración de vacaciones ha de ser la normal o media del trabajador en época de actividad. Solo en caso de contrato sin disfrute de vacaciones cabe su compensación económica.

Entradas populares

Quizás también te interese:

Lo que piensas de otra persona, es lo que se expande

Si tus pensamientos sobre la persona a la que quieres tiene que ver con lo que no funciona, con lo que no te gusta, con lo que deberían se...